Certificado de empleado público

Las entidades locales podrán solicitar certificados de empleado público (incluido certificado con seudónimo) para los funcionarios, personal laboral, estatutario y personal autorizado que presten servicios en la misma.
Estos certificados de empleado público son medios de firma electrónica que confirman de forma conjunta:

  1. La identidad del firmante (personal al servicio de la Administración Pública).
  2. La identidad de la Administración, órgano, organismo o entidad de derecho público donde el firmante ejerce sus competencias, presta sus servicios o desarrolla su actividad.


Requisitos:


Podrán solicitar la expedición de certificados electrónicos de empleado público, aquellas entidades locales de la provincia de Cáceres que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar adheridas al Convenio de 1 de septiembre de 2004, entre la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda  para la prestación de servicios de certificación de firma electrónica.
  • Haber firmado la encomienda de gestión entre la entidad y la Excma. Diputación de Cáceres para la tramitación de solicitudes de certificados electrónicos de personal al servicio de la  administración, sede electrónica y actuación administrativa automatizada o sello electrónico.


Proceso de solicitud, soporte y modo de entrega:

El proceso se inicia con la solicitud del certificado de empleado público a la FNMT a través de la página Obtener certificado de empleado público

A continuación y no más de 30 días después, la entidad local realizará la solicitud de emisión del certificado a través del trámite electrónico disponible a tal efecto en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres.

A la misma se adjuntará “Certificado del Secretario” de la entidad donde se acredite la vinculación del empleado con la  entidad, así como el cargo que ocupa. Así mismo, se reflejará el número de solicitud obtenido en el paso anterior. Este certificado será suficiente a los efectos de la acreditación de tales términos.

NOTA: Cuando el usuario para el que se solicita el certificado digital sea el propio secretario, el “Certificado del Secretario” deberá emitirlo otro funcionario de la propia entidad en calidad de “Secretario Accidental”.

Los responsables de las oficinas de registro de la Diputación de Cáceres verificarán la documentación remitida y procederán a confirmar la acreditación de identidad, tras lo cual el certificado estará  disponible para su descarga en la página de la FNMT, durante un período máximo de 30 días. La Diputación Provincial comunicará tal hecho a la entidad a través del trámite en curso.


Durante todo el proceso, el empleado podrá contar con la asistencia de los técnicos del Área de Innovación y Provincia Digital a través del gestor de incidencias o del operador TIC de su mancomunidad.


Si se ha solicitado tarjeta criptográfica, se hará llegar por correo a la dirección postal del Ayuntamiento, con el fin de que el empleado pueda grabar en ella su certificado.


Revocación del certificado:


La entidad local podrá solicitar la revocación del certificado de empleado público mediante el trámite correspondiente en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres y estará obligada a ello en los siguientes casos:

  • Cuando la relación del empleado con la entidad cese de manera definitiva por jubilación, fallecimiento, término de contrato o cualquier otra causa.
  • Cuando alguno de los datos referidos a la condición del cargo, puesto de trabajo, empleo o cualquier otro que refleje o caracterice la relación del empleado con la entidad, sea inexacto, incorrecto  o haya variado.
  • Cuando se sospeche que la integridad del certificado haya podido ser violada.
  • Por pérdida o sustracción de la tarjeta criptográfica.